NORMAS
ELECTORALES PARA LA ELECCION DE
PRESIDENTE
Y JUNTA DIRECTIVA
De
conformidad con nuestros Estatutos y el acuerdo adoptado en la reunión de Junta
Directiva, celebrada el pasado dia 20 de enero, se procede a la
convocatoria de Elecciones a Presidente y Junta Directiva de la
citada Asociación, que se realizará conforme al siguiente:
R
E G L A M E N T O
1º
Convocatoria.-
La
elección del Presidente y Junta Directiva tendrá lugar a partir de
la convocatoria que efectúe la Junta Directiva, como consecuencia de
la extinción del mandato del Presidente y su Junta Directiva, el
próximo mes de marzo.
2º
Circunscripción electoral.-
Existirá
una única circunscripción electoral, nacional, integrada por los
socios al corriente de pago de sus cuotas, que radicará en Madrid,
en el domicilio social de UPAAC, sito c/ Santa Isabel nº 35; 28012
Madrid.
3º
Junta Electoral.-
A
tal efecto la Junta Directiva nombrará una Junta electoral que será
la responsable de todo el proceso electoral, resolviendo las
impugnaciones y recursos que se planteen, velando por la normalidad
del mismo, publicará el Calendario electoral y proclamará tanto las
candidaturas como los resultados electorales.
Estará
formada por:
- Un Presidente y dos Vocales, uno de los cuales asumirá las funciones de Secretario, que serán nombrados por la Junta Directiva.
- Se designarán otros tres miembros suplentes.
4º
Mesa Electoral.-
Se
constituirá en la sede de la ASOCIACIÓN, ó en su defecto en el
local en el que se celebren las votaciones, con la finalidad de
controlar las mismas, tanto en las votaciones directas como en las
realizadas por correo, efectuando el oportuno recuento y levantando
acta del resultado de las votaciones, que remitirá a la Junta
Electoral y en la que incluirá tanto los resultados como las
incidencias que hubieran podido producirse durante las votaciones o
recuento.
Estará
formada por:
- Un Presidente, dos Vocales, uno de los cuales asumirá las funciones de Secretario, que serán nombrados por la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva. Se nombrarán suplentes para cada uno de los cargos indicados, con el fin de cubrir las posibles ausencias.
Los
candidatos proclamados podrán nombrar un interventor que les
represente en la mesa electoral.
Todos
los miembros de la Junta Electoral y Mesa Electoral deben ser socios
de la Asociación al corriente de pago de sus cuotas sociales.
El
Secretario General de la Asociación comunicará por escrito a los
interesados sus nombramientos de miembros de la Junta Electoral y
Mesa Electoral.
5º
Electores.-
Serán
electores todos los socios pertenecientes a la Asociación, mayores
de edad, con una antigüedad al menos del 31 de diciembre del 2016 y
que se encuentren al corriente de pago de sus cuotas sociales.
6º
Elegibles.-
Podrán
presentar su candidatura a la presidencia y por tanto ser declarados
elegibles, todos los socios que figuren en el censo electoral
definitivo, y tengan una antigüedad anterior al 1 de enero del
2015.
Los
candidatos a Presidente deberán adjuntar una nota firmada con la
relación de los socios que incluye en su candidatura, y que, como
mínimo, como exige el Articulo 6º de los Estatutos sociales, debe
incluir uno ó dos Vicepresidentes, un Secretario General, y al menos
dos Vocales. Será optativo incluir al Tesorero, y, en su defecto las
funciones las asumirá el Secretario de conformidad con lo dispuesto
en el Articulo 13, párrafo segundo, de los Estatutos Sociales.
La
validez de la integración de los miembros de la Junta Directiva
propuesta por el candidato a Presidente requiere la aceptación
individual expresa de aquellos, a través de la oportuna comunicación
dirigida al Presiente de la Junta Electoral, debidamente firmada y
con indicación de su NIF.
Los
miembros propuestos para la Junta Directiva tendrán que ser socios
al corriente de pago de sus cuotas sociales y con antigüedad
anterior al 1 de enero del 2015.
7º
Votaciones.-
Podrán
realizarse personalmente, en el local en que se celebren las
votaciones, previa presentación de DNI, el día señalado para las
mismas, dentro del horario fijado, o enviando por correo, en sobre
cerrado, la papeleta que se editará al efecto, y se remitirá a
todos los electores, junto con el impreso cumplimentando que
igualmente se facilitará a cada elector por el Secretario General,
para identificar al votante. El sobre cerrado que contenga la
papeleta del voto no llevará identificación alguna del socio que
emite el voto, cuyo sobre cerrado se introducirá en el sobre que se
envíe, con el remite del votante, para su identificación.
8º
Proceso electoral.-
Se
ajustará al calendario aprobado por la Junta Directiva, que se
acompaña, que deberá tener en cuenta los plazos necesarios de
acuerdo con el siguiente proceso:
- Nombramiento y constitución de la Junta Electoral.
- Nombramiento de la Mesa Electoral.
Presentación
de reclamaciones
al
censo.
- Resolución de reclamaciones por la Junta Electoral.
- Proclamación del Censo Electoral definitivo y apertura del plazo de presentación de candidaturas.
- Presentación Candidaturas dirigidas al Presidente de la Junta Electoral, por correo al domicilio social de la Asociación, sito en c/ Santa Isabel nº 35; 28012 Madrid ó al correo electrónico artistascirco@yahoo.es
- Publicación de Candidaturas:
- Presentación de impugnaciones comunicación a los socios.
- Resolución de impugnaciones por la Junta Electoral.
- Proclamación definitiva de candidatos.
Envío
de la documentación a todos los electores para que puedan ejercitar
el derecho de voto por correo, remitiendo el correspondiente sobre al
domicilio social de la ASOCIACION, y fijar día y horarios para la
votación directa y personal y apertura del voto por correo.
En
el supuesto de que solo se presente una candidatura de Presidente y
Junta Directiva, admitida por la Junta Electoral, por cumplir los
requisitos legales, quedará automáticamente elegido y proclamado,
sin necesidad de celebrar la Asamblea para dicha elección, con las
correspondientes votaciones.
- Constitución de la Mesa Electoral y Votación el día fijado por la Asamblea General, para las Elecciones:
- Recuento de las votaciones directas y del voto por correo
- Envío del Acta a la Junta Electoral
- Proclamación de resultados por la Junta Electoral:
- Impugnación de resultados
- Resolución de Impugnaciones
- Nombramiento del nuevo Presidente y Junta Directiva, y toma de posesión de los mismos.
CALENDARIO
ELECCIONES PRESIDENTE Y JUNTA DIRECTIVA
- 1 marzo 2017.- Envío de la convocatoria de Asamblea General Extraordinaria a todos los socios incluidos en el Censo Electoral provisional, para las elecciones a Presidente y Junta Directiva de UPAAC. Presentación de reclamaciones al censo.
- 4 marzo 2017.- Resolución de las reclamaciones presentadas respecto del censo electoral provisional .
- 6 marzo 2017 .- Se inicia el plazo de presentación de candidatura a Presidente y Junta Directiva de UPAAC, finalizando el plazo a las veinte horas del dia 11 de marzo del 2017.
- 13 marzo 2017.- Proclamación de las candidaturas presentadas. Se inicia el plazo de posibles impugnaciones.
- 17 marzo 2017.- Resolución de impugnaciones, y, en su caso, proclamación definitiva de candidaturas a Presidente y Junta Directiva.
- 25 marzo 2017.- Asamblea para las Elecciones de Presidente y Junta Directiva. Escrutinio de votos y proclamación de la candidatura elegida. Toma de posesión del nuevo Presidente y Junta Directiva. No obstante, en el supuesto de que se presentara un solo candidato para Presidente y Junta Directiva, automáticamente la Junta Electoral los nombrará elegidos y sin necesidad de convocar Asamblea General Extraordinaria para dichas Elecciones.
- 26 marzo 2017 .- Publicación del resultado de las elecciones, en su caso, si hubiera de celebrar la Asamblea General Extraordinaria, por haber más de un candidato a Presidente.
Todas
las comunicaciones sobre el proceso electoral se efectuarán por el
Secretario General, por email, ó en su defecto por correo, a todos
los destinatarios e igualmente todas las comunicaciones de los
interesados en el proceso electoral, a UPAAC, se efectuarán a su
correo electrónico: artistascirco@yahoo.es
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